Sistema de notificaciones electrónicas de Galicia Notifica.gal

Servicio que permite a ciudadanos, empresas y administraciones públicas recibir, de forma ágil y sencilla, las notificaciones electrónicas enviadas por la Xunta de Galicia o por cualquir otra administración pública gallega.

Información adicional | Interrupciones del servicio

¿Cómo puede acceder?
Chave365
Con Chave365 con su NIF y clave personal.

Si no dispone de Chave365 puede hacerse con ella por dos vías:

Si necesita más información puede ver aquí cómo funciona.

DNIe Certificado
Con certificado digital válido o DNI electrónico.

Acceso con certificado digital válido o DNI electrónico. Puede combrobar la validez de su certificado en VALIDe. Consultar los certificados admitidos.

Unión Europea Clave
Con cl@ve Pin y Cl@ve Permanente.

Para usar el sistema deberá registrarse. Puede obtener más información sobre este proceso en el apartado de registro.

Al registrarse, se proporcionarán dos tipos de claves de acceso:

  • Cl@ve PIN: orientada a accesos esporádicos, con contraseña de validez muy limitada en el tiempo.

  • Cl@ve Permanente: orientada a accesos habituales, y al uso de la firma en la nube, con contraseña de validez duraderá en el tiempo, pero no ilimitada.

Si dispone de la app Cl@ve, podrá también hacer uso de la opción Cl@ve Móbil, que le permite identificarse sin claves ni contraseñas, escaneando un QR o confirmando la petición que le llegará al móvil.

¿Necesita ayuda?

Puede contactar con el servicio de atención a la ciudadanía 012.
Si tiene problemas técnicos le recomendamos comprobar los requisitos de uso y, si los problemas persisten, utilizar el soporte técnico de eServizos.

Preguntas frecuentes
El sistema de notificaciones electrónicas de Galicia Notifica.gal es un servicio que permite a ciudadanos, empresas y administraciones públicas recibir, de forma ágil y sencilla, las notificacines electrónicas enviadas por la Xunta de Galicia o por cualquier otra administración pública gallega adherida a este sistema. Este portal le va a permitir:
  • Acceder a las notificaciones enviadas por la Xunta de Galicia o por cualquiera de las administraciones públicas gallegas adheridas a Notifica.gal.
  • Modificar el medio de notificación (postal o electrónico) elegido para cada procedimiento.
  • Autorizar a otra persona a acceder en su nombre a las notificaciones.
  • Actualizar sus datos personales (correo electrónico y teléfono móvil), que son los que utiliza la plataforma para enviarle avisos y recordatorios.
  • Darse de baja (en caso de que no pertenezca a uno de los colectivos obligados a recibir notificaciones electrónicas).
Puede darse de alta en Notifica.gal a través del formulario que se muestra cuando se accede al sistema por primera vez. En caso de que reciba una notificación electrónica sin que se haya dado previamente de alta en el sistema, su alta se realizará de oficio por la Administración emisora de la misma. El teléfono móvil y/o las direcciones electrónicas indicadas en la alta serán utilizados con carácter general, salvo que se indique otra preferencia en el formulario de solicitud, para el envío de avisos de la puesta en disposición de nuevas notificaciones, así como los recordatorios de lectura de dichas notificaciones.
Según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 10 de la Ley 4/2019 de administración digital de Galicia, los colectivos que están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas y, por tanto, a recibir notificaciones por canales electrónicos son:
  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quien ejerza una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderan como incluídos/as los/las notarios/as y registradores/as de la propiedad y mercantiles.
  • Personal emplado de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas a razón de su condición de empleado/a público/a, en la forma que lo determine reglamentariamente cada Administración.
  • Trabajadores y trabajadoras autónomos/as para los trámites y las actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional.
  • Estudiantado universitario para los trámites y las actuaciones que realicen motivados por su condición académica.
  • Quien represente a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electronicamente con la Administración.
Además, "reglamentariamente, las administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas respeto de las cuales, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u outros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios".
Los avisos por SMS y correo electrónico se envían en el momento de la puesta a disposición de la notificación. En caso de que la notificación se ponga a disposición entre las 22:00h y las 08:00h, los avisos quedan pendientes para enviar a partir de las 08:00h da mañana. Adicionalmente, en caso de las notificaciones electrónicas, se enviará un recordatorio transcurrido 1, 8 o 9 días desde la puesta en disposición si ninguna de las personas destinatarias lee o rechaza antes la notificación.