Sistema de notificaciones electrónicas de Galicia Notifica.gal
Servicio que permite a ciudadanos, empresas y administraciones públicas recibir, de forma ágil y sencilla, las notificaciones electrónicas enviadas por la Xunta de Galicia o por cualquier otra administración pública gallega.
¿Cómo puede acceder?
Si no dispone de Chave365 puede hacerse con ella por dos vías:
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Si tiene un certificado electrónico o DNI electrónico puede conseguirlo de forma electrónica a través de la sede con este procedimiento.
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Presencialmente, dirigiéndose a cualquiera de los órganos o unidades administrativas de la Xunta de Galicia que realicen las funciones de registro de usuarios (consúltelos aquí y antes revise esta página para saber qué debe llevar consigo).
Si necesita más información puede ver aquí cómo funciona.


Acceso con certificado digital válido o DNI electrónico. Puede combrobar la validez de su certificado en VALIDe. Consulte los certificados admitidos.


Para usar el sistema deberá registrarse. Puede obtener más información sobre este proceso en el apartado de registro.
Al registrarse, se proporcionarán dos tipos de claves de acceso:
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Cl@ve PIN: orientada a accesos esporádicos, con contraseña de validez muy limitada en el tiempo.
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Cl@ve Permanente: orientada a accesos habituales, y al uso de la firma en la nube, con contraseña de validez duraderá en el tiempo, pero no ilimitada.
Si dispone de la app Cl@ve, podrá también hacer uso de la opción Cl@ve Móbil, que le permite identificarse sin claves ni contraseñas, escaneando un QR o confirmando la petición que le llegará al móvil.
¿Necesita ayuda?
Puede contactar con el servicio de atención a la ciudadanía
012.
Si tiene problemas técnicos le recomendamos comprobar los
requisitos de uso
y, si los problemas persisten, utilizar el
soporte técnico de eServizos.
Preguntas frecuentes
- Acceder a las notificaciones enviadas por la Xunta de Galicia o por cualquiera de las administraciones públicas gallegas adheridas a Notifica.gal.
- Modificar el medio de notificación (postal o electrónico) elegido para cada procedimiento.
- Autorizar a otra persona a acceder en su nombre a las notificaciones.
- Actualizar sus datos personales (correo electrónico y teléfono móvil), que son los que utiliza la plataforma para enviarle avisos y recordatorios.
- Darse de baja (en caso de que no pertenezca a uno de los colectivos obligados a recibir notificaciones electrónicas).
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quien ejerza una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán como incluidos/as los/las notarios/as y registradores/as de la propiedad y mercantiles.
- Personal emplado de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas a razón de su condición de empleado/a público/a, en la forma que lo determine reglamentariamente cada Administración.
- Trabajadores y trabajadoras autónomos/as para los trámites y las actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional.
- Estudiantado universitario para los trámites y las actuaciones que realicen motivados por su condición académica.
- Quien represente a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electronicamente con la Administración.